viernes, 8 de junio de 2007


LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
TEMA Nº 11


La identificación tributaria así como el uso de identificaciones personales (cedula de identidad), son instrumentos que se emplean con el fin de llevar un control, en este caso un control de todas aquellas personas tanto naturales como jurídicas que son susceptibles a tributar; es decir que están obligadas al pago de un tributo (impuesto).

¿Qué es la Identificación Tributaria?

Es un código único de carácter alfanumérico, el cual se emplea con el fin de identificar a toda persona natural o jurídica susceptible a tributar.

¿Es importante la Identificación Tributaria?

La identificación tributaria es un instrumento realmente importante para el control y actualización de los contribuyentes, además de se fundamental por el hecho de que son esos tributos que pagamos los que han permitido que se pueda mantener un poco más nuestro estado, esto en cuanto al mantenimiento de las áreas de salud, vías de comunicación (carreteras), educación entre otros. Es por medio de la identificación tributaria que la gran mayoría de los individuos estamos comprometidos a pagar determinados impuestos.

Dentro de la Identificación Tributario encontramos:

1. NIT: número de identificación tributaria, instrumento el cual fue eliminado por el SENIAT a causa de la creación del registro único de información fiscal RIF.

2. RIF: este es un registro destinado al control tributario en el cual deben de inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica susceptibles en razón de los bienes o actividades, de ser sujeto o responsable del impuesto.

La inscripción en este registro único de información fiscal representa una de las obligación de las personas naturales o jurídicas, es por ello que estos deben de solicitar ante las oficinas del seniat o a través de la página Web http://www.seniat.gov.ve, su registro de identificación fiscal.

Actualmente si se hace por medio de la página Web, es mucho más sencillo ya que solo hay que ingresar a la página antes mencionada, luego a un módulo de inscripción en RIF, una vez allí se llenan todos los datos solicitados, se guarda dicha información, se imprime el formato electrónico de la planilla y finalmente se consigna el formato con los datos que sean solicitados, esto va ha depender si es para una persona natural o jurídica.


Requisitos para una persona natural:

1. Formulario de inscripción emitido por el sistema.

2. Original y copia de la Cédula de Identidad del Solicitante. En caso de ser extranjeros no domiciliados en el país presentar Original y Copia del Pasaporte.

3. Original y copia del Documento Probatorio del nuevo domicilio fiscal (Recibo o factura de Servicios Básicos, Contrato de Alquiler y/o cualquier otro documento que avale el nuevo domicilio).


Firmas Personales:

1. Formulario de inscripción emitido por el sistema.

2. Original y copia de la Cédula de Identidad del Solicitante.

3. Original y copia del Documento Constitutivo debidamente registrado y publicado


Personas Jurídicas (Sociedades Mercantiles y Civiles):

1. Formulario de inscripción emitido por el sistema.

2. Original y copia del Documento Constitutivo debidamente registrado y publicado (excepto para las sociedades civiles que no requieren publicación).

3. Original y copia de la Última Acta de Asamblea.

4. Original y copia del Poder del Representante Legal (sólo cuando su carácter no fuera acreditado en los Estatutos Sociales).

5. Original y copia de la autorización de la SUDEBAN (En los casos de Bancos o Instituciones Financieras).

6. Copia del RIF del representante legal, socios y directivos.


¿Que es el RITII?

El RITTI al igual que el RIF es un código que identifica de los personas poseedores de tierras, este es otro instrumento de los que se vale la administración tributaria con el fin de establecer un control.

¿Es obligatorio que todos nos inscribamos en el RITII?

Si es obligatorio que toda persona que posea tierras rurales se inscriba, es por ello que se deben de dirigir a la División de Recaudación (Unidad de RIF) de la Gerencia Regional de Tributos Internos correspondiente a su domicilio fiscal, a fin de inscribirse en el Registro de Información Tributario de Tierra (RITTI).

¿Que requisitos debo tener para la inscripción en el RITTI?

1. Forma NIT-N 15 o NIT-J 15, en caso de ser persona natural o jurídica, respectivamente, debidamente llenada.

2. Fotocopia de la Cédula de Identidad.

3. Fotocopia del Registro único de Información Fiscal (RIF).

4. Documento que acredite su condición de poseedor ó propietario de la tierra.
Bibliografia:

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