viernes, 8 de junio de 2007


ASPECTOS LEGALES REFERENTES AL SALARIO.
TEMA Nº 7



En materia de salarios, existen una serie de disposiciones legales muy importantes las cuales deberán ser tomadas en cuenta por el empleador al momento del cálculo y pago de estos, así como por los empleados a fin de conocer claramente todo lo referente a sus beneficios salariales, condiciones de trabajo, jornadas de trabajo entre otras, es por ello que es necesario comenzar dando una breve introducción del tema.

El salario es la remuneración, provecho o ventaja cualquiera que fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de sus servicios. Adicionalmente el salario comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participaciones en utilidades, sobresueldos, bonos vacacionales, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajos nocturnos.


Es necesario tomar en cuenta que existen una serie de beneficios que tiene el trabajador que no son de carácter remunerativo entre los cuales están:

1. Los servicios de comedor.
2. Reintegro de gastos médicos.
3. Provisiones de útiles escolares y de juguetes.
4. El otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación.
5. Gastos funerarios.


¿Qué características tiene el salario?

Es subordinado ya para que sea recibido por un trabajador este debe estar bajo las ordenes de un patrón.

Es Conmutativo ya que se recibe a cambio de la prestación de un servicio

Es Disponible ya que el trabajador puede disponer libremente de este cuando así lo desee.

Es Proporcional ya que es recibido por los trabajadores en cuanto al desempeño, jornada y condiciones.

Es Periódico ya que es recibido con regularidad y permanencia por el trabajador.

Es Individual ya que el pago de este se hace a quien presta el servicio.

¿Que debemos tomar en cuenta al momento de pagar el salario?

Al momento de pagar el salario debemos estar claros en que este debe ser pagado en dinero en efectivo y en el lugar donde se preste el servicio, lo que indica que no se debe hacer pago de este en lugares como bares, tascas, cafés a no ser que ese sea el lugar donde se prestan los servicios, el pago se deberá hacer directamente al trabajador o la persona que este autorice y se deberá hacer en días hábiles de trabajo.


¿Cuantas horas de trabajo debemos cumplir?

Es importante tener claro que según la LOT los trabajadores si cumplen un horario diurno este no podrá exceder de ocho (8) horas diarias y de 48 semanales y si es jornada nocturno no podrá exceder de siete (7) horas diarias y de 42 semanales En cuanto al trabajo en horas extras no podrán exceder de diez (10) horas, incluido la jornada normal de trabajo.


Pago de horas extras y horas nocturnas:
Las horas extras deberán ser pagadas con un recargo del 50%, por lo menos sobre el salario convenido para la jornada ordinaria, mientras que las horas nocturnas serán pagadas con un recargo del 30% sobre salario ordinario fijado para el trabajo diurno.


¿Forman parte del salario los Viáticos, los gastos de Vehiculo y los beneficios alimenticios como los Cesta Ticket?

Este es un punto clave para entender realmente que forma efectivamente parte del salario.
En cuanto a los Viáticos se dice que estos no se consideran parte del salario, pero que cuando estos están a libre disposición y manejo por parte de los trabajadores si forman parte de este.

En cuanto a los Gastos de Vehiculo pasa lo mismo que con los viáticos, es decir si el empleado tiene un vehiculo de la empresa ilimitadamente sin ninguna limitación de uso, este si forma parte del salario, en el caso de que un trabajador lo tenga para desempeñar sus labores y tiene establecidas horas de entrada y salida del vehiculo no forma parte del salario.

Con respecto a las Cesta ticket pasa algo diferente ya que estos si forman parte del salario, lo único es que este pago no se toma en cuenta al momento del cálculo de la antigüedad.


Todos los empleadores deben de ser muy concientes en cuanto al salario se trata, ya que la gran mayoría de la población depende totalmente de este para cubrir todas sus necesidades, es por ello que es una obligación de los empleadores el cumplir con todas las disposiciones de esta ley con el fin de permitirle al individuo una remuneración justa la cual le permita vivir dignamente.

Considero que todo trabajador esta en la obligación de hacer valer sus derechos y que en caso de ser violado alguno de sus derechos como el de recibir una remunerado justa o que sea explotado en su trabajo este debe acudir a los organismos correspondientes con el fin de castigar y crear una mayor responsabilidad a los empleadores, ya que si estos no contarán con este capital humano quizás su organización no podría salir adelante.
Bibliografía:
Ley Orgánica del Trabajo

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